Entrada en vigor del nuevo protocolo de carga de matrículas de vehículos autorizados a circular por la carretera CO-4, de Covadonga a Los Lagos, en períodos de restricción de accesos
Publicado hace 3 segundosSuscrito por las diferentes Administraciones y Organismos que participan en la Mesa de Trabajo que regula en “Plan de Acceso a Lagos de Covadonga en Transporte Público” y aprobado el mismo por la Comisión de Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa en su sesión telemática del 15 de Mayo del 2026, a partir del próximo día 15 de Agosto entrará en vigor el referido Protocolo, aplicándose por los diferentes Agentes habilitados para dar de alta matrículas en la Base de Datos del sistema experto que regula la Barrera de Covadonga.
A partir de ese momento se aplicarán diversas modificaciones en cuanto al proceso de solicitud de autorizaciones de acceso, siendo las principales:
- Los Ayuntamientos de los seis Concejos asturiano del Parque Nacional (Amieva, Cabrales, Cangas de Onís, Onís, Peñamellera Alta y Peñamellera Baja), más el de Parres, serán los encargados de cargar las matrículas de los taxis (vehículos VT) con licencia expedida por cada uno de ellos.
- Los Ayuntamientos de los Concejos de Cangas de Onís y de Onís se encargarán de verificar y cargar las matrículas de los vehículos de los ganaderos con licencia de pastos vigente en los MUP nº 92, “Montaña de Covadonga” y nº 96, “Puerto Alto”, respectivamente, así como los de los queseros de la D.O.P. “Queso de Gamoneu” en su variedad “Del Puertu”. No obstante, cada ganadero y quesero deberá presentar en el Ayuntamiento respectivo una “Declaración Jurada” relativa a la vinculación de las matrículas propuestas con su actividad agropecuaria, declaraciones que se remitirán semanalmente al Parque Nacional para control. Igualmente, se establece un procedimiento para la carga de matrículas de camiones de carga de ganado cuya matrícula no esté cargada en origen, lo que corresponde también a los Ayuntamientos referidos. Hay que reseñar que este procedimiento no da derecho de acceso por la pista de Belbín (Cangas de Onís y Onís), que debe solicitarse expresamente del Parque Nacional. Ninguno de estos vehículos podrá ser del tipo “autocaravana”.
- También corresponde a los Ayuntamientos de Cangas de Onís y Onís la verificación y carga de las matrículas de los vehículos de propietarios de fincas, arrendatarios de las mismas o titulares de ocupaciones en los MUP nº 92 y nº 96 respectivamente, cuyos titulares vienen obligados a presentar análoga “Declaración Jurada”, que tendrá la misma tramitación antes citada. Del mismo modo, ninguno de estos vehículos podrá ser del tipo “autocaravana”.
- Igualmente, corresponde al Ayuntamiento de Cangas de Onís la verificación y carga de las matrículas de los titulares y trabajadores de los establecimientos de hostelería autorizados en Lagos de Covadonga, así como de los proveedores de los mismos, con presentación de “Declaración Jurada”.
- Los vehículos de personas con diversidad funcional (VMR), así como los de empresas autorizadas a desarrollar actividades interpretativas por las pistas del Parque Nacional para cuando vayan a acceder por la carretera CO-4, pasan a tener un cupo diario, respectivamente, de 5 vehículos/día y 16 vehículos/día. Las reservas se deberán solicitar del Parque Nacional utilizando los modelos autorrellenables específicos que figuran en el apartado de “Solicitudes”, al final de la página de presentación de esta misma web y siguiendo las instrucciones que en dichos modelos figuran. MUY IMPORTANTE: ninguno de estos vehículos podrá ser del tipo “autocaravana”.
- La carga de matrículas por parte de los establecimientos de restauración situados en la zona de Lagos de Covadonga y por los Refugios guardados de Ario (Onís), Vega de Enol (Cangas de Onís) y Vegarredonda (Cangas de Onís) pasa a tener el cupo diario que recoge el mencionado Protocolo. MUY IMPORTANTE: ninguno de estos vehículos podrá ser del tipo “autocaravana”.
Además de lo relativo a vehículos VMR y vehículos de empresas de turismo activo autorizados, debe seguir solicitándose del Parque Nacional, que tramitará la verificación y carga de las matrículas correspondientes, el acceso por parte de los siguientes tipos de vehículos:
- Autobuses discrecionales.
- Taxis (vehículos VT) con licencia de Concejos o Municipios distintos de los seis de Asturias en el Parque Nacional y vehículos VTC.
- Vehículos de queseros de la D.O.P. “Queso de Gamoneu” en su variedad “Del Valle” con autorización del Parque Nacional para maduración en cuevas del puerto. Con presentación de “Declaración Jurada”.
- Vehículos de montañeros federados solicitados por la FEMPA al Parque Nacional según protocolo establecido.
- Grúas de arrastre de vehículos.
- Vehículos con autorizaciones singulares expedidas por el Parque Nacional de acuerdo a Condicionados específicos (trabajos de investigación, seguimiento de recursos, espeleología, etc.).
Se adjunta el Protocolo referido, para mayor información de los interesados.

