- Antes de tu visita
- ¿Cómo acceder al Parque Nacional?
- ¿Puedo acampar?
- ¿Puedo encender fuego?
- ¿Puedo beber agua de fuentes y arroyos?
- ¿Hay cobertura de móvil?
- ¿Puedo llevar a mi mascota?
- ¿Puedo recolectar plantas?
- ¿Puedo liberar animales?
- ¿Puedo circular con vehículos a motor?
- ¿Puedo circular con bicicleta BTT?
- ¿Puedo usar un dron, parapente o similar?
- ¿Puedo tomar fotos y vídeos?
- ¿Puedo bañarme en ríos y lagos?
- ¿Puedo lavar ropa y utensilios?
- ¿Puedo navegar por ríos y lagos?
- ¿Puedo practicar barranquismo?
- ¿Puedo practicar otros deportes de riesgo?
- ¿Puedo cazar o pescar?
- ¿Qué debo llevar para hacer una ruta?
- ¿Los refugios abren todo el año?
- ¿Puedo escalar en el Parque?
¿Qué debo de saber antes de venir al Parque Nacional?
- La circulación con vehículos queda restringida a las carreteras que atraviesan el Parque y a un número reducido de pistas que no estén señalizadas como de paso limitado a los servicios del Parque o a su uso por ganaderos o propietarios de fincas.
- El tránsito a pie es factible por casi todo el Parque Nacional, quedando excluido sólo en las Zonas de Reserva y limitado a la traza de caminos, sendas o vías de escalada en las Zonas de Uso Restringido.
- Siempre deben respetar las propiedades privadas y dejar cerradas las porteras ganaderas que pueda encontrar a su paso.
- No debe realizar actuaciones que perturben la tranquilidad de estos parajes, en especial del ganado y de la fauna silvestre. Asimismo, debe ser solidario con el disfrute que puedan hacer de dicho entorno otros usuarios.
- Salvo los aprovechamientos vecinales debidamente autorizados o las actividades de investigación reguladas, no está permitida la recolección de ejemplares o materiales naturales, ya sean animales, vegetales o minerales.
- No utilice aparatos de radio o que puedan generar ruidos de cualquier clase.
- No debe realizar pintadas o inscripciones en rocas o árboles. Fuera de las Zonas de Asentamiento Tradicional (básicamente, los cascos de los pueblos), en ningún caso realizará actividad alguna susceptible de originar un incendio forestal, quedando restringido el uso de cocinillas de gas o barbacoas de carbón vegetal a las zonas despejadas de las Areas Recreativas. Si es testigo del inicio de un incendio forestal lo debe poner inmediatamente en conocimiento de la Guardería del Parque o comunicarlo al Teléfono de Emergencias (112). Si su distancia al fuego o su capacidad física se lo permiten, intente apagarlo.
- Mantenga limpio el Parque Nacional. En la medida de lo posible devuelva los desperdicios a la ciudad para hacer un adecuado reciclado, limitando así el uso de papeleras. No obstante, recuerde que está prohibido abandonar, depositar o arrojar cualquier tipo de desperdicio fuera de papeleras y contenedores.
- Con la excepción de los perros de los pastores y el ganado, los perros y otros animales domésticos deberán estar debidamente atados y próximos a sus dueños.
- Salvo en las zonas de baño que puedan habilitarse a tal fin en las Zonas de Asentamiento Tradicional, y que estarán debidamente señalizadas, no está permitido bañarse en aguas lacustres o fluviales del Parque Nacional.
- No está permitido lavar vehículos. La limpieza de utensilios o el lavado de prendas de ropa sólo podrá hacerse utilizando jabón, estando prohibido el uso de detergentes, lejías o cualquier otro producto de limpieza.
- Para mantener la pureza visual del paisaje, no se permite el uso de cometas, globos de gas o aire caliente y el aeromodelismo (incluidos los drones), así como la utilización de alas delta o parapentes.
- En el Parque Nacional y salvo autorización excepcional expresa, no se permite la práctica de deportes extremos, tales como el descenso de cañones, “hidrospeed”, canoa, “rafting”, etc.
- No se permite la acampada libre. Exclusivamente se autoriza el vivaqueo o acampada nocturna a altitudes superiores a los 1.600 metros, montando la tienda una hora antes de la puesta de sol y desmontándola una hora después de su salida.
- No se permite la utilización de parasoles o sombrillas de vivos colores.
- La caza y la pesca, con excepciones expresamente reguladas en la normativa de aplicación al Parque Nacional, están prohibidas.
- Se seguirán, en todo caso, las indicaciones que sobre el uso respetuoso del Medio Natural puedan hacernos los Guardas del Parque u otros Agentes de la Autoridad.
¡FELIZ VISITA AL PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA!
¿Cómo se accede al Parque Nacional?
DESDE LA ZONA ASTURIANA:
Partiendo desde Oviedo, se toma la N-634 hasta Arriondas y desde aquí por la N-625 hasta Cangas de Onís. En Cangas hay dos posibilidades de acceso al Parque Nacional: o hacia el sur (Amieva (con acceso al Valle de Angón y a la espectacular “Senda del Arcediano” tomando desvío en la localidad de Precendi hacia San Román y Amieva), Sajambre y Puerto del Pontón), para lo cual se toma la N-625, o hacia la vertiente norte, seguir hacia Soto de Cangas, para lo cual se toma la AS-114, la cual presenta una nueva bifurcación, permitiendo ir bien hacia Covadonga (para lo que hay que tomar AS-262 y luego el ramal CO-4 si se desea subir a los lagos de Enol y La Ercina), o bien, si se desea seguir hacia los concejos de Onís, Cabrales y ambas Peñamellera, se toma la AS-114. En Arenas de Cabrales podríamos tomar un ramal que nos llevaría bien a Poncebos (punto de inicio de la famosa “Senda del Cares” y lugar en el que se encuentra la estación inferior del funicular que da acceso al singular pueblo de Bulnes) y Camarmeña, con su famoso mirador del Urriellu, y, siguiendo por la AS-264, nos llevaría sucesivamente a las localidades de Tielve y Sotres, de espectaculares paisajes (ésta última es el punto de arranque del acceso peatonal más frecuentado al Urriellu o “Naranjo de Bulnes”), y, finalmente, a la cántabra población de Tresviso, en la que acaba la carretera y en la que se inicia el muy espectacular sendero peatonal de Urdón (que desciende hasta el Desfiladero de La Hermida). Si en Arenas continuamos por la AS-114 en dirección a Panes podemos optar por tomar el desvío que, desde la localidad de Mildón, no llevará hasta Oceño, puerta de entrada al Parque Nacional por Peñamellera Alta y donde se acaba de señalizar una nueva ruta peatonal en forma de “Y” que lleva a San Esteban de Cuñaba y Tresviso), o seguir por ella paralelamente al río Cares hasta enlazar, en Panes, con la N-621, que no permitirá acceder, desviándonos en Rumenes, hasta San Esteban de Cuñaba y Cuñaba, en Peñamellera Baja, con espectaculares paisajes.
DESDE SANTANDER:
Partiendo desde Santander se toma la Autovía del Cantábrico (A-8) hasta Unquera, donde se toma el desvío hacia la N-621en dirección a Panes; en esta localidad podemos o bien desviarnos hacia Arenas de Cabrales por la AS-114, si deseamos acercarnos a los macizos desde la vertiente norte (según lo descrito en el apartado anterior), o, por el contrario, seguir hacia Potes por la N-621, pudiendo realizar así las excursiones de la zona de Cuñaba (San esteban y Cuñaba), antes descritas, o acceder al Macizo Oriental desde La Hermida por el desvío a Bejes, desde donde se inicia la ruta peatonal a las altas y espectaculares zonas de Ándara, o bien acceder a Tresviso desde Urdón, por el impresionante sendero peatonal antes relatado. Por último y si se sigue por la N-621, ya en Potes, puede accederse a la vertiente sur de los Picos de Europa tomando la carretera que va hacia Fuente Dé, punto de arranque del impresionante teleférico que, al pie de Peña Vieja, salva en pocos minutos casi mil metros de desnivel. No obstante, en Potes puede optarse, también, por seguir por la N-621 para acceder, tras pasar el Puerto de San Glorio y la leonesa Comarca de La Reina, a las zonas de Valdeón y Sajambre, en la vertiente leonesa del Parque Nacional.
DESDE LEÓN: (a la zona de Valdeón y Sajambre)
Desde León se puede tomar la N-601 hasta Mansilla de las Mulas, donde, enlazando con la N-625, nos desviamos por ella hacia Cistierna y Riaño.
En Riaño siguiendo por la N-625, en dirección Cangas de Onís, podremos llegar al valle de Valdeón (Caldevilla, Soto, Posada, Prada, Santa Marina, Los Llanos, Cordiñanes y Caín (punto de inicio de la “Senda del Cares” por la vertiente leonesa del Parque Nacional)) tomando la desviación, cerca ya de coronar el Puerto del Pontón, hacia el Puerto de Panderruedas por la carretera LE-2711. Por el contrario, si se sigue por la N-625, por el puerto del Pontón, llegaremos a Oseja de Sajambre, capital del municipio del mismo nombre incluido en su totalidad en el Parque Nacional y con singulares accesos peatonales, desde la localidad de Soto de Sajambre, a la bellísima Majada de Vegabaño, al pie de la Peña Santa. Continuando por esta carretera se llegaría a la vertiente asturiana del Parque, ya descrita.
Si en Riaño tomamos la N-621, hacia Potes, se puede acceder también al valle de Valdeón desviándonos en Portilla de la Reina hacia el puerto de Pandetrave y, desde él, acceder a Santa Marina y Posada de Valdeón, dentro del Parque Nacional. Del mismo modo, continuando por la N-621 por Llánaves de la Reina y el Puerto de San Glorio, se accede a Potes, puerta de acceso a la vertiente cántabra del Parque, antes descrita..
Servicio público de transporte al Parque y Regulación de accesos a Los Lagos y Covadonga
Se puede acceder al Parque Nacional utilizando los servicios de autobuses y taxis existentes en los pueblos del área de influencia.
Con el fin de proteger el Parque Nacional de los Picos de Europa se lleva a cabo anualmente el Plan de Accesos a Los Lagos de Covadonga en transporte público. Este plan regula el acceso a dicho paraje (desde la rotonda de Covadonga) restringiendo el uso de los vehículos particulares (coches y motos) y organizando el acceso mediante transporte público los días de máxima afluencia en Semana Santa, verano (habitualmente desde la última semana de Julio y hasta la primera de Septiembre, aunque puede variar, lo que se hace público en los medios de comunicación) y puentes festivos nacionales. El resto del año se puede acceder a Los Lagos en vehículo privado sin ningún tipo de restricción en el acceso, si bien la Administración del Parque Nacional puede poner en marcha una regulación complementaria, con cortes intermitentes, si se colapsa la carretera de acceso a los lagos.
En este documento encontrará información de la regulación vigente en el presente año (descargar PDF).
Los autobuses no pueden acceder al aparcamiento situado junto al Lago de La Ercina, debiendo dirigirse, necesariamente, al aparcamiento señalizado del Area de Servicios de Buferrera. En período de regulación de accesos, los autobuses discrecionales deben ser previamente autorizados a acceder a la zona de los Lagos de Covadonga, pudiendo obtener la autorización del Consorcio de Transportes de Asturias (CTA) (Tfno.: 985 105858; e-mail: info@consorcioasturias.com).
Es importante reseñar que el acceso al Santuario de Covadonga es libre todo el año, si bien supeditado, en los días de mucha afluencia, a que existan plazas de aparcamiento en el Santuario.
¿Se puede acampar en el Parque Nacional?
En el Parque Nacional de los Picos de Europa solo se permite la acampada en los campings autorizados, así como en el entorno inmediato de los pueblos (prados de la zona urbana), debiendo en ese caso contarse con la autorización previa del propietario de los mismos.
Fuera de ese estricto entorno, solo puede instalarse la tienda cuando, realizando travesías por el interior de los Macizos, sorprenda la noche al senderista a más de 1.600 m. de altitud, en cuyo excepcional caso se admite el vivaqueo (instalar la tienda no antes de una hora antes de la puesta de sol (ocaso) y retirándola no más tarde de una hora tras su salida (orto)). Del mismo modo, cuando la totalidad de las plazas de un Refugio esté ocupada, se admite que puedan instalarse tiendas en su entorno inmediato con el límite del 10% del total de plazas del Refugio, debiendo instalarse y retirarse según lo indicado para el vivaqueo (no pueden permanecer las tiendas instaladas durante el día).
Los campamentos juveniles y actividades análogas solo pueden instalarse en las inmediaciones de la zona urbana, según lo antes indicado, debiendo contar con la autorización de las Consejerías competentes en materia de Juventud de las respectivas Comunidades Autónomas y la correspondiente a la Dirección del Parque Nacional.
Hay que reseñar que las denuncias más frecuentes realizadas por la Guardería el Parque Nacional y el SEPRONA se centran en la realización de acampadas no autorizadas.
¿Puede encenderse fuego en el Parque Nacional?
No. Está estrictamente prohibido por normativa de protección del medio ambiente. Únicamente puede utilizarse el fuego en trabajos de gestión realizados por la Administración del Parque Nacional en momentos muy concretos y controlados.
¿Puede beberse el agua de las fuentes, arroyos y ríos del Parque Nacional?
Todas las fuentes situadas fuera de los pueblos (estando muchas de ellas, particularmente las más accesibles, señalizadas al efecto) están conceptuadas como “Agua sanitariamente no controlada”. Ello no implica que no sea potable, pero, dado que no puede realizarse el control sanitario periódico que permitiría evaluar su calidad para la bebida, no puede garantizarse a dichos efectos. Evidentemente, el agua de las zonas bajas, donde se da una mayor concentración de ganado, podría presentar mayores problemas de salubridad. Por otra parte, la reacción de cada persona puede ser distinta, en base a su habitualidad en el consumo de agua de estas zonas.
¿Hay cobertura de móvil en el Parque Nacional?
En el Parque Nacional, fuera del entorno de los pueblos, no pueden instalarse, en general y por criterios de conservación del paisaje, antenas repetidoras de telefonía móvil. No obstante, existe cobertura en muchas de las zonas del Parque Nacional por parte de una u otra Compañía, bastando moverse unos cuantos metros (particularmente en zonas que den vista a los valles externos al espacio protegido) para lograr cobertura. En todo caso, en buena parte de la superficie del Parque hay cobertura para llamadas de emergencia (112).
¿Se pueden llevar mascotas al Parque Nacional?
Todo tipo de mascotas deben llevarse adecuadamente controladas por su dueño (atrailladas, es decir, sujetas mediante correa), toda vez que el Parque Nacional es zona de régimen cinegético especial y, por otra parte y dada la abundancia de ganado en determinadas épocas del año, deben evitarse las molestias al mismo.
¿Pueden recolectarse, plantas, sus flores o sus propágulos, animales, sus huevos o sus crías, o elementos geológicos en el Parque Nacional?
Estas actividades están prohibidas, en los espacios protegidos, por la normativa general de conservación de la naturaleza en nuestro país, así como por la normativa específica del Parque Nacional.
¿Pueden liberarse animales o introducir plantas en el Parque Nacional?
No. Son actividades prohibidas para evitar riesgo de transmisión de enfermedades a la flora y fauna autóctonas, así como para evitar hibridaciones o competencia que puedan implicar su degeneración.
¿Puede circularse con vehículos a motor (turismos, vehículos T-T, motos, quads, etc.) por las pistas y caminos del Parque Nacional?
Con independencia de los usuarios expresamente autorizados (propietarios de terrenos, ganaderos y otros titulares de derechos respecto de las zonas para las que los ostenten, transportistas públicos expresamente autorizados por la Dirección del Parque Nacional y servicios de la Administración), solo puede circularse con este tipo de vehículos por el muy limitado número de pistas que estén expresamente señalizadas al efecto, estando prohibido, por tanto, en todas las demás. Si no ve la señal de pista autorizada al efecto, absténgase de circular por las pistas pues puede ser denunciado por la Guardería del Parque Nacional o el SEPRONA.
Y, por supuesto que está prohibido circular “campo a través”.
Una vez llegado al punto en el que se indique la imposibilidad de transitar con vehículo ha de tenerse escrupuloso cuidado de disponer los vehículos de manera que no entorpezcan el posible paso de los vehículos de emergencia (ambulancias, motobombas de extinción de incendios,…).
¿Puede circularse con bicicleta de montaña (BTT) por el Parque Nacional?
Solo y exclusivamente por las pistas que sean aptas para el tránsito de vehículos motorizados y que no estén señalizadas como prohibidas para el tránsito de BTT.
A este respecto, ha de tenerse en cuenta que una trocha o sendero no es una pista (una pista es una obra de infraestructura en la que se ha utilizado maquinaria para la compensación de volúmenes de desmonte y terraplén y en la que existen obras de fábrica (puentes, pasos de agua, badenes,…).
Finalmente, está prohibido el tránsito con BTT campo a través o, como se ha indicado, por trochas o senderos. Debe reseñarse la estricta prohibición de circular con BTT por la “Senda del Cares”, la “Senda del Arcediano”, el “Sendero de Urdón” y otros senderos, dado el gran riesgo de poder lanzar al vacío a otros usuarios senderistas, así como de accidentes propios.
¿Puede sobrevolarse (avión, avioneta, helicóptero, globo, drón, parapente, ala delta, trajes de hombre-pájaro, etc.) el Parque Nacional?
No. En aplicación de lo previsto en la Ley 30/2014, de 3 de Diciembre, de Parques Nacionales (artículo 7.3.e), está prohibido el sobrevuelo de los Parques Nacionales a menos de 3.000 metros de altura sobre la vertical del terreno, salvo autorización expresa o por causa de fuerza mayor. Por tanto, cualquier operación de este tipo requiere de autorización previa de la Administración del Parque Nacional, no concediéndose sino para actividades de conservación, protección de los recursos naturales o infraestructuras, aprovisionamiento de efugios o realización de obras autorizadas, así como, excepcionalmente, para seguimiento de actividades autorizadas y que así lo requieran imprescindiblemente o actividades análogas.
El uso de drones sin autorización de la Administración del Parque Nacional está igualmente prohibido por las molestias que pueden ocasionarse a flora, fauna, ganados u otros usuarios del espacio protegido.
¿Pueden tomarse fotos y hacer filmaciones libremente en el Parque Nacional?
Sí, siempre y cuando sean para uso particular. La filmación y fotografía con fines comerciales debe contar con autorización previa de la Administración del Parque Nacional.
¿Está permitido el baño en los ríos, lagos y lagunas del Parque Nacional?
No, es una actividad prohibida en atención a evitar la modificación de las condiciones naturales del hábitat acuático.
¿Puede lavarse la ropa y los utensilios en las fuentes, ríos, arroyos, lagos y lagunas del Parque Nacional?
Solo se permiten estas actividades si se hacen con jabón neutro (pastillas de jabón tradicional). Está estrictamente prohibido el utilizar detergentes u otros productos de limpieza.
No obstante, se recomienda encarecidamente que, salvo estricta necesidad durante la realización de travesías de alta montaña de varios días de duración, no se realicen estas actividades.
¿Puede navegarse (canoa, barca, flotadores, etc.) por los ríos, lagos y lagunas del Parque Nacional?
No, no está permitido.
¿Está permitido el barranquismo o el descenso de cañones en el Parque Nacional?
No. En atención a la alteración que este tipo de actividades introducen en el medio acuático, así como en la muy especial flora de la zona inmediata al ámbito fluvial y de cantiles, no se permiten estas actividades.
Excepcionalmente la Dirección del Parque Nacional puede autorizar este tipo de actividades si van vinculadas, de forma insustituible, a estudios o trabajos de carácter científico.
¿Se permite la práctica de otros deportes de riesgo (hidrospeed, salto base, salto en paracaídas, puenting, etc.) en el Parque Nacional?
Por análogas razones a las ya apuntadas, no son actividades permitidas.
¿Hay actividades cinegéticas en el Parque Nacional? ¿Puedo pescar en el mismo?
Con la entrada en vigor plena de la Ley 30/2014, de 3 de Diciembre, de Parques Nacionales, al cobrar plena vigencia el contenido del apartado Primero de su Disposición Adicional Séptima, desde el 5 de Diciembre de 2020 ya no puede haber en el Parque Nacional de los Picos de Europa ninguna actividad de caza deportiva y comercial, ni de pesca deportiva y recreativa.
No obstante, de una forma estrictamente reguladas por los órganos de gestión del Parque Nacional y aplicando las estipulaciones contenidas al efectos en dicha Ley 30/2014, en la Ley 42/2007, de 13 de Diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y en el Plan Director de la Red de Parques Nacionales (Real Decreto 389/2016) con el desarrollo del mismo que establezca el PRUG del Parque Nacional, pueden realizarse actividades puntuales de control poblacional de determinadas especies de fauna silvestre cuando su proliferación cause daños significativos a otras especies, comunidades o valores reconocidos. Estas actividades de control serán selectivas, estarán basadas en datos científicos, tuteladas por la Administración y realizadas por personal especializado. En todo caso, para su realización se adoptarán las necesarias medidas de seguridad y señalización de cara a los visitantes del espacio protegido.
Igualmente pueden realizarse actividades de control puntuales respecto de ejemplares asilvestrados de la fauna doméstica cuando los mismos puedan suponer un riesgo claro para las personas o de transmisión grave de enfermedades a la fauna silvestre o a otros ejemplares de la fauna doméstica que accedan al Parque Nacional y no haya otra modalidad de captura factible.
Por último y para el desarrollo de trabajos científicos expresa y previamente autorizados, pueden desarrollarse trabajos de pesca eléctrica en corrientes y masas de agua del Parque Nacional, siempre con devolución a las aguas, con vida, de los ejemplares capturados .
¿Qué medidas mínimas de seguridad hay que guardar si quiero hacer una ruta de montaña en el Parque Nacional?
Teniendo en cuenta que evitar el peligro es una responsabilidad que, en primer lugar, atañe al propio individuo, podrían resumirse en lo siguiente:
– Llevar siempre una prenda de abrigo y calzado adecuado. El frío puede sorprendernos en cualquier momento, al igual que la lluvia.
– Ser consciente de las propias fuerzas. Si se duda de la propia capacidad física, no de intentarse una excursión que requiera gran esfuerzo físico.
– El agua para mitigar la sed puede resultar muy escasa en el estío y el otoño. Por otra parte, se trata de agua no tratada. Es conveniente llevar una provisión de agua adecuada al tipo de marcha.
– La niebla es el peor enemigo en la alta montaña y en los Picos son frecuentes las “encainadas” o nieblas repentinas y muy espesas. Aunque crea conocer el terreno en el que se mueve, lo mejor es permanecer a la espera de que levante, buscando un mínimo refugio o abrigo antes de que se cierre sobre nosotros.
– Las fuerzas siempre se debilitan con el esfuerzo y más en esta complicada orografía. Llevar un tentempié es siempre recomendable.
– Si se pierde, mejor busca un abrigo próximo y espera a que le rescaten.
– Si tiene intención de adentrarse solo en la peña, debe dejas aviso en los Refugios, en el salpicadero de su coche y/o a su familia, del itinerario y tiempo previsto de la excursión.
– En el Parque la cobertura de teléfono móvil es limitada, por lo que no puede confiarse plenamente en el mismo para pasar un aviso de emergencia desde cualquier lugar. No obstante, siempre es adecuado llevarlo. Ante cualquier emergencia, comunique con el Teléfono de Emergencias (112).
– En temporada invernal suele resultar frecuente el riesgo de aludes tras períodos de notable innivación y con las alternativas climáticas. La Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) realiza una predicción meteorológica específica para Picos de Europa (¡enlace!), que incluye información sobre el riesgo de aludes. Puede obtener información al respecto en los Servicios 112 y en las Oficinas del Parque Nacional.
¿Los Refugios de Montaña están abiertos todo el año y cómo puedo contactar para hacer una reserva?
Los Refugios no abren todo el año, dependiendo de cada uno de ellos el período de actividad con Guarda, que, en general, abarca desde unos días antes de la Semana Santa al puente de Diciembre. No obstante, en todo Refugio queda una habitación accesible (zona de vivac), con literas y mantas, para situaciones de emergencia.
El contacto con los Refugios y la realización de reservas puede hacerse a través de sus respectivas páginas web, en las que figuran las direcciones de e-mail y los teléfonos, fijos o móviles, de contacto.
Datos de contacto:
Refugio de Ándara (T.M. de Cillorigo de Liébana):
web: http://www.casetondeandara.com
Tfno:. 635425228
e-mail: aún no disponible
Refugio de Cabaña Verónica (T.M. Camaleño):
Tfno.: 663516456
e-mail: no dispone de él
Refugio de Collado Jermoso (T.M. Posada de Valdeón):
web: http://www.colladojermoso.com
Tfno.: 636998727
e-mail: refugio@colladojermoso.com
Refugio Jou de los Cabrones (T.M. de Cabrales):
web: http://www.refugiojoudeloscabrones.com
Tfno.: 985925200 / 650780381
e-mail: no dispone de él
Refugio de La Terenosa (T.M. de Cabrales):
web: http://fempa.net/la-terenosa
Tfno.: 630552016
e-mail: no dispone de él
Refugio de Vegabaño (T.M. de Oseja de Sajambre):
web: http://www.refugiopicos.com
Tfno.: 699633244
e-mail: refugiopicos@gmail.com
Refugio de Vegarredonda (T.M. de Cangas de Onís):
web: http://www.vegarredondaremis.com
Tfno:. 985922952 / 626343366
e-mail: contacto@vegarredondaremis.com
Refugio de Vega de Ario (T.M. de Onís):
web: http://www.refugiovegadeario.es
Tfno.: 984092000 / 656843095
e-mail: refugiodeario@hotmail.com
Refugio “Casa Municipal de Pastores”, en la Vega de Enol (T.M. Cangas de Onís):
Tfno.: 699488544
e-mail: elrefugiovegadeenol@gmail.com
Refugio de Vega de Urriellu (T.M. de Cabrales):
web: http://www.refugiodeurriellu.com
Tfno.: 984090981 / 638278041 / 650780381
e-mail: directo en página web
La escalada en el Parque Nacional ¿es libre?
Sí, dentro de realizar las vías de escalada ya establecidas. Toda nueva vía deberá ser evaluada previamente por sus posibles repercusiones ambientales.
No obstante, la Administración del Parque Nacional puede cerrar temporalmente vías de escalada abiertas por razones medioambientales (generalmente, reproducción de aves), lo cual se anuncia in situ con carteles al efecto y se vigila por la Guardería del Parque.