PLAN RECTOR DE USO Y GESTIÓN DEL PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA

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Todos los interesados pueden consultar el articulado, la cartografía de Zonificación y de los Sectores con restricciones para la práctica de la escalada, así como los restantes Anexos de los Decretos por los que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional en el apartado de NORMATIVA de este web. El articulado y la cartografía son comunes para los Decretos de Castilla y León, y del Principado de Asturias.

Particular importancia reviste lo relativo a circulación por pistas del espacio protegido con vehículos a motor, bicicletas o a caballo, vivaqueo y pernocta (muy restringida), así como a otros usos restringidos o condicionados, cuya regulación se encuentra en los artículos 41 a 56 de los respectivos Decretos.

Respecto de la pista de Sotres a Espinama y por lo que se refiere al Principado de Asturias, el tránsito queda restringido a vehículos expresamente autorizados (propietarios de fincas, ganaderos con licencia de pastos y titulares de otros derechos singulares reconocidos; empresas de turismo activo y taxis expresamente autorizados; servicios de vigilancia y emergencia), no pudiendo acceder otros vehículos particulares. En cuanto al acceso al Collado de Pandébano y tal y como queda recogido en el articulado, muy en breve se establecerá un sistema de reserva previa; entretanto y una vez comience la regulación de este verano (adelantada al 5 de Junio), el acceso a las plazas de aparcamiento disponibles y señalizadas, se hará EXCLUSIVAMENTE por la pista de Sotres a las Vegas de Sotres entrando desde la carretera AS-264, de Arenas de Cabrales a Tielve y Sotres.